Son muchos los trámites en los que pueden solicitarnos traducciones juradas (homologación de estudios, acceso al mercado laboral, permisos de residencia, matrimonios, contratos, etc., por mencionar algunos). A continuación explicamos de manera clara y concisa las claves para entender mejor este tipo de traducción.

1. ¿Qué es una traducción jurada?

En España, reciben este nombre aquellas traducciones de documentos escritos en una lengua extranjera que vayan a surtir algún efecto en trámites oficiales de todo el territorio nacional. La traducción jurada irá debidamente fechada, firmada y sellada por el/la traductor/a jurado/a, quien, además, incluirá la fórmula pertinente que certifique la fidelidad de su traducción.

2. ¿Quién puede realizar una traducción jurada?

Si ha de surtir efecto en España, solo los/as traductores/as jurados/as nombrados/as por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

3. ¿Hay traductores/as jurados/as en otros países*?

Sí. Por ejemplo, traducteurs assermentés en Francia. En otros países, no existe tal figura, pero es habitual el concepto de traducciones oficiales para diferentes trámites. Estas suelen denominarse certified translations / official translations. Son parecidas en formato a las traducciones juradas de España.

*Es decir, todo aquel que no sea España.

4. Entonces, ¿quién realiza una traducción oficial en otros países?

Dependerá del país y, en última instancia, de la institución receptora*. En el Reino Unido, por ejemplo, suelen requerir certified translations en trámites oficiales. Estas pueden ser realizadas por cualquier empresa de traducción o traductor/a profesional que certifique la veracidad de la traducción, especificando que se trata de una traducción fiel al original y reflejando fecha de la misma y datos de contacto.

*Es decir, allí donde se vaya a presentar la traducción.

5. ¿Son válidas las traducciones de los/as traductores/as jurados/as de España en otros países?

Por norma general, son aceptadas. No obstante, queda a discreción de la institución donde se presenten las traducciones, por lo que conviene consultar requisitos directamente con la institución receptora. En ciertas ocasiones, las instituciones marcan requisitos adicionales, por ejemplo: «la persona que realiza la traducción ha de pertenecer a un determinado organismo (como NAATI, en Australia)».

6. ¿En qué trámites suelen requerir traducciones juradas/oficiales?

Existen muchas situaciones en las que se pueden requerir este tipo de traducciones. Entre los ámbitos más comunes, destacamos los siguientes:

  • académico: acceso a estudios, homologación de titulaciones, convalidaciones…
  • profesional: cartas de recomendación, constancias de servicios prestados, certificados de antecedentes penales/delitos de naturaleza sexual…
  • registro civil: certificados de nacimiento/matrimonio/divorcio…
  • inmigración: visados, pasaportes, certificados de naturalización, permisos de residencia…

En conclusión, la regla de oro es confirmar con la institución receptora, pues es quien marca los requisitos en cuanto a la documentación necesaria. Si conocemos qué aceptan y qué no, podremos evitar retrasos en los trámites así como gastos innecesarios.

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